LA SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) EJERCERA LAS COMPETENCIAS QUE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES (S.A.F.J.P.) TENIA ASIGNADAS EN CUANTO AL FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES MEDICAS Y LA COMISION MEDICA CENTRAL CREADAS POR LA LEY Nº 24.241, DE LA MISMA FORMA Y CON LAS MISMAS MODALIDADES ESTABLECIDAS POR LOS REGLAMENTOS CON LOS QUE SE REGIA LA S.A.F.J.P. EN LO ATINENTE A LA DESIGNACION Y RELACIONES CON EL PERSONAL, COMPRAS Y CONTRATACIONES Y SU FINANCIAMIENTO
http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/150000-154999/151982/norma.htm
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