Resolución 30.892/10- ANSeS (CARSS)
Fecha inicial de pago. Pensión. Ley 18.037. Fallecimiento ocurrido dentro de los 5 años posteriores al cese. Devengamiento de la pensión desde la fecha de solicitud y no desde el fallecimiento (conf. art. 43 ley 18.037 y art. 8º Dto. 679/79).
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