Resolución 16/2010
Establécese que las disposiciones de las Leyes Nº 14.236 sobre prescripción, Nº 24.476 sobre condonación de deudas y Nº 25.321 sobre renuncia de servicios, sólo serán aplicables a los trabajadores autónomos deudores de aportes obligatorios al Sistema Integrado Previsional Argentino.
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